La ineficiencia del concurso de acreedores españolanálisis de las causas y modelo explicativo
- Javier Sánchez Vidal Director
- Eva Tomaseti Solano Codirectora
Universidad de defensa: Universidad Politécnica de Cartagena
Fecha de defensa: 13 de septiembre de 2018
- Domingo García Pérez de Lema Presidente
- Antonio Mínguez Vera Secretario
- Julio Diéguez Soto Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La presente tesis doctoral titulada LA INEFICIENCIA DEL CONCURSO DE ACREEDORES ESPAÑOL: ANÁLISIS DE LAS CAUSAS Y MODELO EXPLICATIVO, pertenece al programa de doctorado interuniversitario en Ciencias Económicas, Empresariales y Jurídicas (3420) de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena RD 99/2001, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y se presenta con el objetivo de obtener el título oficial de Doctor. La motivación principal de este estudio deriva de la necesidad de comprender un fenómeno, el concurso de acreedores en España, que resulta de gran importancia para la economía y el bienestar de los ciudadanos. En el presente se estudia la ineficiencia del concurso de acreedores en España mostrándose evidencias empíricas de sus causas y se propone un modelo que la explica para que los agentes económicos puedan actuar de forma consecuente y con criterios científicos. La tesis se estructura en tres capítulos fundamentales. En el capítulo 1 se contextualiza el estudio abordando la situación económica, el fracaso empresarial y el concurso de acreedores en España como particularidad del fracaso empresarial puesto que se trata de la solución legal a éste. Y se muestra la evidencia de la ineficiencia del concurso de acreedores por su obviedad como se desprende de la literatura científica consultada, la exposición de motivos de la ley concursal y sus múltiples reformas y la estadística descriptiva del INE, los anuarios concursales del Colegio de Registradores y la evidencia que se desprende de la muestra que se utiliza en el capítulo 3. En el capítulo 2 se muestra un análisis descriptivo del concurso de acreedores en España a nivel geográfico y se realiza un estudio empírico utilizando el Análisis Exploratorio de Datos Espaciales para contrastar si, además, existe un efecto contagio entre las diferentes provincias españolas durante el periodo 2005 a 2013. La variable objeto de estudio es el número de concursos de acreedores existentes en cada periodo, para cada provincia, a nivel global y para dos importantes sectores económicos, el industrial y el de la construcción. Se han realizado dos tipos de análisis. El primero, exploratorio, donde se refleja la distribución del fenómeno, a nivel provincial, a través de los mapas de cuartiles y los histogramas de frecuencias. El segundo trata de contrastar la hipótesis del contagio entre las provincias, tanto espacial como espacio-temporal, a través del I de Moran. Los análisis han arrojado evidencias sobre el comportamiento del fenómeno tanto en el aspecto descriptivo como del estudio del contagio dejando las puertas abiertas a nuevas líneas de investigación derivadas de las conclusiones del presente estudio. Los dos resultados más destacados son, por un lado, la existencia para todo el periodo observado de una clara diagonal noroeste-sureste que divide el territorio en dos, con una mayor concentración de concursos en la parte superior de dicha diagonal y, por otro lado, la evidencia de existencia de efecto contagio a nivel global entre provincias vecinas (o autocorrelación espacial positiva) con una significatividad a veces superior al 99%. Este efecto contagio se da sobre todo en el sector de la industria, y no se existe, sin embargo, para el sector de la construcción. En el capítulo 3 se aborda la eficiencia del concurso de acreedores, analizando el efecto de los costes de agencia que hay en él a través de un segundo estudio empírico donde, además de analizar el papel de los principales ratios financieros para discriminar entre aquellas empresas que fueron a convenio, y por lo tanto, utilizaron el procedimiento concursal eficientemente, de aquellas que fueron a liquidación, se contrastan las hipótesis de investigación propuestas así como un modelo que trata de explicar dicha ineficiencia. Así, también en este capítulo se realizan dos análisis. Por un lado, el análisis de diferencia de medias entre empresas que, tras declarar el concurso, finalizan en convenio, frente a las que acabaron en liquidación respecto a sus principales ratios financieros, así como en el papel que diferentes actores asociados a los costes de agencia tuvieron en los mismos, esto es, que el administrador concursal perteneciera o no a una empresa Big4, su retribución, así como la eficiencia judicial. Por otro lado, estas variables son analizadas mediante un análisis Logit en un intento de establecer un modelo que trate de explicar la ineficiencia del procedimiento concursal en España, encontrando evidencias significativas de que éstas afectan a la resolución del mismo. Se plantean cuatro hipótesis: H1: Las empresas que finalizan el procedimiento concursal en convenio presentan mejores valores en el momento de inicio del concurso para los ratios de liquidez, solvencia, rentabilidad y rotación, frente a las que finalizaron en liquidación. H2: Un procedimiento concursal gestionado por una Big4 incrementará la probabilidad de que el proceso acabe en convenio frente a liquidación. H3: Una mayor retribución incrementará la probabilidad de que el proceso acabe en convenio frente a liquidación. H4: Una mayor eficiencia judicial incrementará la probabilidad de que el proceso acabe en convenio frente a liquidación. Los principales resultados obtenidos en este estudio son que hay diferencias entre el grupo de empresas que concluye el concurso de acreedores en convenio y el de las que concluyen en liquidación en la liquidez, solvencia, rentabilidad, rotación y tamaño, aunque no se dan diferencias significativas en la edad. Respecto a las tablas de contingencia se obtienen diferencias entre ambos grupos si el administrador pertenece a las Big4 o no y si el administrador está retribuído por encima de la media o por debajo. Con respecto al cumplimiento de las hipótesis anunciadas se concluye que se cumple la hipótesis primera de que la situación previa del deudor concursado, en relación con su posición de liquidez, solvencia y tamaño, son determinantes en el resultado del concurso. La hipótesis de los costes de agencia entre la administración concursal y los acreedores se cumple parcialmente, puesto que se corrobora la segunda hipótesis de la pertenencia a las Big4 y la tercera hipótesis sólo se cumple en el análisis univariante y no es significativa en el modelo, lo que puede significar que la retribución se ve influenciada por otras variables, como el tamaño, pero que pierde su significatividad cuando se contrasta su influencia conjuntamente con el resto de variables. Respecto a la cuarta hipótesis, la eficiencia del juzgado, los análisis confirman que unos juzgados son más eficientes que otros, si bien no ha sido suficiente para aceptarla de forma generalizada. Las principales conclusiones son que la ineficiencia del concurso de acreedores es un hecho constatado y que las causas de ésta son la situación de liquidez, solvencia, rentabilidad y tamaño del deudor concursado, resultados en consonancia con los dados en estudios prexistentes de fracaso empresarial. Se concluye que hay efecto de los costes de agencia entre el administrador concursal y los acreedores, por las diferencias en la influencia de determinadas variables, entre el grupo de empresas que acaba en convenio y las que concluyen en liquidación. Finalmente, se obtuvieron varios modelos donde se pone de manifiesto, en todos ellos, que la ineficiencia del procedimiento concursal viene explicada por el tamaño y la estructura del activo y del pasivo de la empresa concursada y las ventas, siendo lo que favorece una resolución exitosa del proceso concursal el tener mayor tamaño, una adecuada estructura del activo corriente con respecto al total activo y pasivo y una mayor relación de las ventas respecto al activo total. Sólo han resultado explicativas en el sentido de favorecer la buena resolución del concurso, primero, que el administrador concursal pertenezca a una organización grande, segundo, que el resultado se puede ver afectado por el juzgado concreto que lo lleva, lo que va relacionado con la eficiencia del juzgado, aunque los resultados no han sido concluyentes para todos los casos debido al efecto ineficiente generalizado que de los mismos hace el colapso judicial existente desde 2009 y, tercero, el año de declaración del concurso de acreedores sólo resultó significativo para 2008, cuya situación concursal se originó en un periodo no recesivo, y no significativo para el resto de años (2009-2015), cuyos concursos se originaron en una periodo de recesión económica y en los que probablemente se produjo un colapso de los juzgados.