El gobierno corporativo en empresas hispan-marroquíes

  1. Argente Linares, Eva
Dirigée par:
  1. María Victoria López Pérez Co-directeur/trice
  2. Lázaro Rodríguez Ariza Co-directeur/trice

Université de défendre: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 20 avril 2012

Jury:
  1. Antonio Manuel López Hernández President
  2. David Ortiz Rodríguez Secrétaire
  3. Emma García Meca Rapporteur
  4. Isabel María García Sánchez Rapporteur
  5. Beatriz Aibar Guzmán Rapporteur

Type: Thèses

Résumé

El tema del gobierno corporativo ha cobrado especial importancia en los últimos años (Aguilera y Cuervo-Cazurra, 2009) como consecuencia de los escándalos financieros de principios de siglo en EEUU (Enron, Andersen y WorldCom) y Europa (Ahold y Parmalat), y los más recientes puestos de manifiesto con la crisis financiera (Lehman Brothers). Estos escándalos provocaron la pérdida de credibilidad en la información divulgada e hicieron surgir dudas acerca de cómo las empresas estaban siendo gobernadas. En este contexto se vio necesario reforzar las estructuras de gobierno empresarial de modo que se mejorara el control sobre las actuaciones gerenciales y se asumieran responsabilidades por las actuaciones. De este modo, aparece el gobierno corporativo como el mecanismo que va a permitir asegurar un mayor control sobre la gestión y una mayor protección de los intereses de los inversores. Se define como el sistema a través del cual las empresas van a ser dirigidas y controladas (Informe Cadbury, 1992; OCDE, 2004) y se basa en un conjunto de principios y normas que comprende dos elementos básicos: por un lado la estructura que adopta, que va a determinar cuál es la distribución de derechos y responsabilidades entre el cuerpo directivo, los accionistas y el consejo de administración; y, por otro, los procedimientos necesarios para la toma de decisión en cuestiones estratégicas y corporativas. La mayoría de países, conscientes de la importante necesidad de que se mejoren las prácticas de buen gobierno para mejorar la confianza en las organizaciones y asegurar que se alcanza el cumplimiento de los objetivos de las empresas y el logro de unos mayores niveles de desempeño (Ramaswamy et al., 2008; Radovic et al., 2010) han elaborado códigos que contienen recomendaciones acerca de cómo gobernar dichas empresas (Aguilera y Cuervo-Cazurra, 2009). El principal objetivo es mejorar la transparencia informativa sobre la gestión y los mecanismos de gobierno, lo que repercutirá en un mejor desempeño por parte de las empresas (Klapper y Love, 2004; Rajagopalan y Zhang, 2008; Ramaswamy et al., 2008). Estos mecanismos cobran especial importancia en países donde existe un entorno legal e institucional débil y donde las características del mercado, la cultura y la competencia no tienen un control muy estricto (Sánchez-Ballesta y García-Meca, 2007; García-Meca y Sánchez-Ballesta, 2009). Por tanto, ya sea por las ventajas derivadas de tener un buen gobierno, por la presión social que se ha generado a partir de los escándalos financieros o por exigencia del marco legal, el gobierno corporativo ha adquirido una mayor importancia. De este modo, en las empresas se han creado estructuras organizativas dirigidas a asegurar buenas prácticas corporativas y en ocasiones a adoptar códigos de buen gobierno y/o buenas prácticas. Las características de estas estructuras de gobierno, se ven influenciadas en cierta medida por el entorno que le rodea (económico, financiero e institucional). En este contexto, diversas teorías han contribuido a la evolución del concepto de gobierno corporativo, siendo la teoría de la agencia el marco teórico que más se adecúa a la realidad que se va a estudiar: la necesidad de aplicar mecanismos de control interno como consecuencia de la divergencia de intereses entre propiedad y gestión. Como se verá posteriormente, mientras que en los países desarrollados el contexto institucional favorece la correcta aplicación de los contratos de agencia (Peng, 2003), en países emergentes dicho contexto hace que la aplicación de estos contratos sea más costosa y problemática debido a la ausencia de mecanismos de control externos (North, 1990 y Wright et al., 2005). Por tanto, como consecuencia de la debilidad externa del sistema legal, plantearemos el fortalecimiento de aquellos mecanismos internos de control que se encuentran en manos de las empresas y que pueden contribuir a suplir esa carencia (La Porta, et al., 2000; Denis y McConnell, 2003; Chernykh, 2008). Nos centraremos en el funcionamiento, composición y características de mecanismos como la estructura de propiedad de la empresa, el consejo de administración de la misma o la existencia de comités de auditoría, los cuales podrán contribuir a reforzar, por ejemplo, la protección de los accionistas, controlando la discrecionalidad de los directivos que podría dar lugar a la aparición de actuaciones oportunistas (Shleifer y Vishny, 1997), ya sea bien a través de la expropiación del beneficio de los propietarios (Johnson et al., 2000) o de la mala asignación del mismo. Tal y como venimos comentando, la elección del tipo de gobierno corporativo puede derivarse de factores contextuales o culturales y estar asimismo relacionado con la forma de acuerdo entre los propietarios. Como se verá en el trabajo, en la literatura parece existir consenso en diferenciar dos modelos de gobierno corporativo. Por un lado, el modelo anglosajón basado en el mercado de capitales y cuyos principales representantes son EE.UU y Reino Unido. Por otro, el modelo europeo continental propio de países como Alemania o Francia, y en donde encontramos a España (Ooghe y De Langhe, 2002), más basado en las regulaciones. Junto a los dos sistemas anteriores está surgiendo en los últimos tiempos un tercer sistema propio de los mercados emergentes (Krambia-Kapardis y Psaros, 2006), el ¿sistema emergente o institucional¿, en el que podríamos situar a la economía marroquí (Guía de Marruecos, 2010). Este sistema se caracteriza por la existencia de empresas en las que se da una alta concentración de la propiedad, y donde existe una alta probabilidad de conflictos de intereses entre los accionistas que poseen el control, los directivos y los accionistas minoritarios (La Porta et al., 1997). Esto último, acompañado a la débil protección de los accionistas minoritarios en estos países, origina que a menudo no se tengan en cuenta sus intereses e incluso se expropien sus beneficios a través de diferentes prácticas o decisiones (Rogers et al., 2008; Young et al., 2008). Como se comentó anteriormente, además de por los factores contextuales y culturales, la elección de la estructura de gobierno corporativo puede estar asimismo relacionada con la forma de acuerdo entre los propietarios, pudiendo existir distintas formas de cooperación. En el caso de nuestro trabajo, nos centramos en aquellos negocios que se manifiestan a través de la constitución, por dos o más empresas, de una nueva sociedad controlada de forma conjunta (Barkema y Vermeulen, 1997; Folta, 1998). Hablaremos de joint ventures para referirnos a un acuerdo de cooperación estructurado, a través del cual dos o más empresas llegan a un acuerdo accionarial, por el que se crea una nueva entidad para la realización de proyectos conjuntos pero sin llegar a formar una filial. Esta nueva entidad será legalmente independiente de los socios, pero propiedad de éstos (Beamish, 1985; Desai et al., 2004), siendo responsable de la coordinación de las actividades que implica el acuerdo cooperativo (Ozorhon et al., 2007; Lee et al., 2003; Lin y Wang, 2008; Slovin et al., 2007). Las joint ventures han adquirido gran importancia en los últimos años, constituyendo una forma de crecimiento que asegura la supervivencia de las empresas (Mohr y Puck, 2005). Han sido utilizadas como forma de expansión de la actividad empresarial y como modo de explotación de las oportunidades de negocio en el extranjero (Mohr y Puck, 2005; Xu et al., 2005). Esta forma de asociación es empleada habitualmente para introducirse en los países emergentes y en desarrollo (Lee y Beamish, 1995; Prahalad y Hammond, 2002), ya que en estos países a menudo se imponen restricciones a la propiedad, o al acceso a financiación. De este modo, a través de una joint venture, que tiene consideración de empresa local, se pueden evitar las barreras de entrada (Mohr y Puck, 2005; Freeman et al, 2006), se posibilita el conocimiento del mercado al contar con un socio local, se permite el acceso a nuevas tecnologías (Folta, 1998; Djankov y Hoekman, 2000; Buckley y Casson, 1998), y se comparten los costes y los riesgos entre los socios (Barkema y Vermeulen, 1997; Elg, 2000). En el caso de nuestro estudio, el marco institucional marroquí ha facilitado la entrada de empresas extranjeras a través de joint ventures con socios locales. Aspectos como los bajos costes de producción, la proximidad geográfica, la creciente demanda de bienes y servicios, la situación estratégica que facilita la entrada a Oriente Medio y al resto de África (Oficina Económica y Comercial de España en Rabat, 2010), los diversos acuerdos existentes, así como las relaciones comerciales mantenidas durante décadas, en las que España es el segundo país exportador de Marruecos (Guía de Marruecos, 2010), han podido contribuir a que una parte importante de dichas joint ventures se haya materializado con empresas españolas. Además, debemos tener en cuenta la integración en la economía mundial y la apertura al exterior que ha experimentado Marruecos en los últimos años: se ha adherido a la Organización Mundial del Comercio (OMC), ha establecido acuerdos con la Unión Europea (UE), con Turquía y Estados Unidos con Agadir, con Túnez, Egipto y Jordania. Todo esto, convierte a Marruecos en un país que puede servir de plataforma para introducirse en nuevos mercados, permitiendo a las empresas allí ubicadas entrar de manera preferente en estos mercados a través de su instalación en dicho país. Además, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, 2005), el 95% de la base productiva del tejido empresarial marroquí está representada por PYMES. En este escenario, también las joint ventures hispano-marroquíes se registran básicamente entre empresas de reducido tamaño. En los últimos años, y desde distintas perspectivas, las joint ventures han sido objeto de análisis en multitud de estudios. La mayoría de éstos se han centrado en asociaciones entre grandes empresas. Por el contrario, son escasos los trabajos que se han ocupado de las PYMES (Coviello y Munro, 1997; Coviello y McAuley, 1999; Fillis, 2001; Hohenthal, 2001) y, menos aún, en países emergentes (Lu y Beamish, 2009; Kirby y Kaiser, 2003). Dado que la realidad y los problemas que se dan en pequeñas y grandes empresas son diferentes, los resultados obtenidos para las grandes empresas no son trasladables a las PYMES (Shuman y Seeger, 1986; Etemad, 2004), por lo que existe una necesidad de estudiar esta realidad. En nuestro trabajo nos centramos en un tipo concreto de relación: joint ventures entre PYMES constituidas por empresas de España y Marruecos. En este contexto, el objetivo principal de este trabajo es tratar de caracterizar aquellos aspectos que son esenciales para la actividad de estas empresas. En concreto, hablaremos de los factores determinantes del éxito de nuestras empresas, de la importancia de las diferencias culturales sobre distintas cuestiones, entre las que destacaremos el desempeño empresarial, y, por último, profundizaremos en la estructura de gobierno corporativo de las joint ventures hispano-marroquíes, para determinar qué mecanismos de control interno pueden establecerse para que se mejore las gestión de las joint ventures y se logre en consecuencia un incremento en el éxito de las mismas. En relación con los factores a los que hay que prestar mayor atención dentro de las joint ventures hispano-marroquíes entre PYMES para lograr un elevado nivel de éxito, se parte de dos aspectos: las motivaciones que llevan a establecer las joint ventures y la organización de las mismas. En el trabajo se muestra que en aquellas joint ventures hispano marroquíes que el éxito se vincula a aquellas entidades que pertenecen a sectores no intensivos en mano de obra y que tienen como objetivo el acceso a nuevos mercados, y donde se da la propiedad mayoritaria por parte de uno de los socios y donde la gestión se encuentra en manos de un directivo local que posee una red de relaciones, y tiene conocimiento del mercado y de la cultura del propio país. A continuación se analizan los aspectos culturales, concretamente la cultura organizacional. En cuanto a la importancia de las diferencias culturales, se advierte que el hecho de que las joint ventures se lleven a cabo entre socios culturalmente diferentes puede tener un impacto en el estilo de gestión que se adopte y en las prácticas que sigan (Rodríguez, 2005). Las características culturales de los socios pueden incluso suponer una barrera a la cooperación efectiva. Para llevar a cabo la investigación se seleccionan los factores definidos por Hofstede (1990) y Pothukuchi et al. (2002) que atienden a los aspectos más significativos de las peculiaridades de las joint ventures hispano-marroquíes y se relaciona con el desempeño, medido a través de la satisfacción global con el compromiso, la confianza y la gestión de la joint venture (Pothukuchi et al., 2002). Se identifican los factores que nos permiten caracterizar la cultura organizacional que rige la gestión de las joint ventures de la muestra, concretamente, factores relacionados con la plantilla, la gestión, la contratación y la toma de decisiones. Se analiza si la eficacia organizacional de la joint venture depende de su opción cultural, y se determina en qué medida las diferencias en cultura organizacional de estas joint ventures va a afectar a su desempeño. En cuanto a la estructura de gobierno corporativo, el estudio se centra en el modo en el que los diversos mecanismos de gobierno corporativo se relacionan con el éxito de estas joint ventures entre PYMES constituidas por empresas de España y Marruecos. Concretamente se analizan dos mecanismos de gobierno, la estructura de propiedad y las características del consejo de administración. En relación con la estructura de propiedad se analiza si la concentración de propiedad (Xu y Wang, 1999; Claessens y Djankov, 1999) y la participación en la propiedad de directivos y consejeros (Morck et al., 1988) resultan explicativas del éxito medido a través del grado de satisfacción de los socios con los resultados obtenidos por la joint venture. A continuación, se analiza la importancia del consejo de administración como mecanismo de control interno, tomando como variables la presencia de consejeros externos, la participación en la propiedad de los consejeros, la existencia de comité de auditoría o la frecuencia en el número de reuniones del mismo, para ver si incide de modo significativo sobre el desempeño alcanzado por la organización (Holderness et al., 1999; Abdullah, 2004; Jaclkling y Johl, 2009). Finalmente, se analiza un último mecanismo derivado del consejo de administración, el comité de auditoría, llegando a determinar que se trata de un mecanismo que ejerce una influencia positiva en el grado de satisfacción de los socios con los resultados de la joint venture. Asimismo se analizan los factores que inciden en la creación de estos comités. En este sentido, nuestra mayor aportación va a ser el contraste de determinadas hipótesis sobre las diferentes estructuras de gobierno y control en un nuevo contexto que no ha sido estudiado con anterioridad, tratando de clarificar los mecanismos de gobierno en los que se pueden centrar las joint ventures hispano-marroquíes entre PYMES, para lograr unos mayores niveles de satisfacción entre los socios, lo que implica a su vez la continuidad en el tiempo de las mismas. Estos resultados pueden ser extensibles a otros entornos culturales similares, como pueden ser otras economías emergentes donde se puedan dar diferencias culturales entre los socios. Con respecto a la estructura de nuestro trabajo, en el primer capítulo se establece el marco teórico de la investigación, se revisan la literatura existente sobre la evolución del concepto y de los sistemas de gobierno corporativo, así como se establecen las principales dimensiones internas que forman parte del mismo. En el capítulo 2 se analizan las distintas razones que determinan la cooperación empresarial y las formas de llevar a cabo dicha cooperación, se delimita el marco geográfico, político, económico e internacional en el que se encuentran ubicadas las empresas en las que se va a centrar este trabajo, para posteriormente describir la metodología de la investigación, así como la muestra que será utilizada en epígrafes posteriores (joint ventures entre PYMES establecidas entre España y Marruecos), a continuación se habla de los factores que determinan el éxito de nuestras empresas y del importante papel que desempeñan las diferencias culturales sobre distintos aspectos. Finalmente, en el capítulo 3 analizaremos los beneficios de establecer mecanismos internos de gobierno corporativo en las joint ventures hispano-marroquíes.